Echo dos marcos sobre el mostrador y se marcho, sonriendo.
EJECUCION
Al dia siguiente, el teniente Ohlsen fue convocado por
El teniente Ohlsen lo desplego solemnemente:
Policia Secreta de Estado
Servicio Hamburgo
Stadthausbruck, 8
ACTA DE ACUSACION
Kommandantur de la Wehrmacht Hamburgo
Division Altona
Diario num. 14 b.
Al general Von der Oost, comandante de la guarnicion, 76.° Regimiento de Infanteria, Altona.
Consejo de guerra 391/X. AK contra el teniente de la reserva Bernt Viktor Ohlsen, del 27° Regimiento de Tanques, nacido en Berlin/Dahlem el 12 de mayo de 1919, casado, un hijo. Condenado anteriormente, el 19 de diciembre de 1940, a cinco anos de reclusion por falta cometida durante el servicio en el 13.° Regimiento de Ensayo de Tanques, Paris. Despues de ocho semanas de detencion en la fortaleza de Glatz, transferido a un Regimiento disciplinario blindado. Actualmente, en arresto preventivo por orden de la Gestapo IV. 2.?, Hamburgo. Detenido en la guarnicion de Altona, bajo la responsabilidad del comandante del 76.° Regimiento de Infanteria. Hasta la fecha, sin abogado.
Acuso a Bernt Ohlsen de alta traicion mediante:
1.° Reiterada incitacion con palabras veladas al asesinato del Fuhrer, Adolph Hitler.
2.° Propagacion de bromas injuriosas con respecto a personalidades del Gobierno del Tercer Reich, elegidas por el pueblo aleman de acuerdo con las leyes vigentes. Dichas «bromas» van unidas a este acta en una carpeta azul, senalada con la L, y numeradas de 1 a 10, cada una con el sello de «GE. KADOS».
3.° Al difundir rumores falsos, el acusado ha ayudado a los enemigos del Tercer Reich a minar la moral del pueblo aleman.
Por tales motivos, solicito que el acusado sea condenado a muerte de acuerdo con el articulo 5.° de la «Ley sobre la Proteccion del Pueblo y del Estado», del 28 de febrero de 1933, y el articulo 80, apartado 2.°, el articulo 83, apartado 2.° y 3.°, asi como el articulo 91 b, apartado 73.
La incitacion al asesinato del Fuhrer, segun el articulo 5.° de la Ley del 28 de julio de 1933, esta penada con la ejecutacion por decapitacion.
Pruebas de conviccion:
1.° Confesion del acusado.
2.° Testimonio voluntario de tres testigos:
1) La mujer de la limpieza del cuartel, senora K.
2) El teniente P., del Departamento Militar Politico.
3) El
Los testigos no compareceran ante el tribunal. Sus testimonios estan incluidos en este acta, bajo la rubrica «secreto de Estado». Estos testimonios seran destruidos inmediatamente despues del juicio, de acuerdo con el articulo 14 de la «Ley sobre la Seguridad del Estado».
Todo el caso sera considerado GEKADOS y enviado al RSHA, Prinz Albrecht Strasse, 8, Berlin.
Sumario realizado por el SD
F. WEIERSBERG,
Auditor del Cuerpo
General de Caballeria
SS
Procurador General
El teniente Ohlsen miro hacia la ventana gris y entejada. Aquel acta de acusacion debia de ser una broma. Solo la Gestapo era capaz de una cosa semejante. En Torgau, ocurria a menudo que se llevaran a diez prisioneros para ser ejecutados. Despues de ocho ejecuciones, se indultaba a los dos ultimos. La psicosis de terror que habian experimentado durante la ejecucion de sus ocho companeros les predisponia a colaborar con la Gestapo. Toda la Gestapo se basaba en millares de confidentes, en personas de apariencia inofensiva, pero extremadamente peligrosas a causa de la situacion en que las habian colocado la Gestapo.
El teniente Ohlsen lo sabia muy bien. Pero lo que ignoraba es que el mismo dia, una carta de la Kommandantur de la Wehrmacht de Hamburgo habia sido enviada a la Kommandantur de la plaza de Altona:
Wehrmachtkommandantur Hamburgo
Jurisdiccion del Komando de Altona
X.AK 76.° Reg. Inf.
GEKADOS URGENTE
Orden transmitida por el auditor del 10° Cuerpo, zona de defensa 9.
Oberleutnant